Guía para protegerlos derechos de mujeres y niñas durante la pandemia de COVID-19

Este documento, elaborado por Women´s Link Worldwide, Amnistía Internacional e International Planned Parenthood Federation, es una hoja de ruta para el Estado, a nivel nacional y local, sobre las obligaciones de derechos humanos que tiene por haber ratificado tratados de derechos humanos, específicamente en relación con la protección de los derechos de mujeres y niñas, durante la pandemia.
Afirma que durante las crisis de salud, humanitarias o de otra índole, aumentan las brechas de género, en la medida en que no se tengan en cuenta lo que estas crisis significan para las mujeres y la protección a sus derechos.
Las crisis no suspenden las obligaciones de los Estados de atender las violencias basadas en género y por el contrario, exigen que se tomen medidas más estrictas para minimizar este tipo de impactos. Los Estados deben atender los múltiples factores de discriminación como su situación migratoria, quienes requieren protección internacional, el acceso a servicios esenciales como la interrupción voluntaria del embarazo, mujeres indígenas, afrodescendientes, mujeres y niñas con discapacidad, defensoras de derechos humanos, mujeres lesbianas y no-binarias, personas intersex, mujeres sobrevivientes de violencia sexual, víctimas y sobrevivientes de trata y mujeres en sectores laborales informales, entre otras.
También es esencial la participación de las mujeres en la toma de decisiones frente a la pandemia y en la formulación de planes de contingencia a ser implementados.
Los autores sugieren diferentes formas de usar este documento: las organizaciones de la sociedad civil y de derechos humanos, pueden usarlo como una lista de indicadores mínimos para medir las respuestas de los Estados durante la pandemia y como un aporte para las actividades de incidencia. Las organizaciones humanitarias y la cooperación internacional, pueden usarlo para brindar asesoría y acompañamiento técnico a los Estados en la formulación de los planes de contingencia y respuesta a la pandemia. Los Estados mismos pueden usarlo como inventario de las capacidades y funciones que deben reforzar durante la pandemia.
El documento enumera una serie de acciones para garantizar y proteger los derechos humanos de mujeres y niñas durante la pandemia de COVID-19:
DERECHO A VIVIR LIBRES DE VIOLENCIAS, TORTURA Y OTROS MALOS TRATOS POR RAZÓN DE GENERO
Durante la crisis generada por la pandemia de COVID-19, debe ser una prioridad atender los riesgos y peligros de violencia que enfrentan mujeres y niñas frente a las medidas de aislamiento, estados de excepción, restricciones de movilidad, entre otros. Para ello, los Estados deben garantizar que los mecanismos de protección para mujeres y niñas víctimas de violencias permanezcan accesibles.
ACCESO A SERVICIOS DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Las violaciones del derecho a la vida, la salud y los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Son formas de violencia por razón de género y pueden constituir tortura o trato cruel, inhumano o degradante. La negativa a prestar estos servicios esenciales es una forma de discriminación contra mujeres y niñas puesto que pone en riesgo su vida, salud e integridad física y psicológica. Así, los Estados deben garantizar la disponibilidad y acceso a servicios de salud sexual y reproductiva, entre los servicios de salud considerados esenciales e incluirlos entre las medidas de priorización en la atención a grupos específicos durante la atención a la crisis de COVID-19.
ACCESO A LA JUSTICIA
Los elevados índices de impunidad es uno de los principales desafíos que afecta el acceso a la justicia a las mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violencia en la región. La obligación de garantizar el acceso a la justicia a mujeres víctimas de violencia debe ser estricta durante los planes de contingencia para atender la crisis de COVID-19.
MUJERES Y NIÑAS EN EL CONTEXTO DE MIGRACIÓN Y MOVILIDAD HUMANA
El ACNUR y la OIM han declarado que los derechos de las personas migrantes, refugiadas, desplazadas y en riesgo de apatridia deben ser garantizados dentro de los planes de atención a la pandemia, y ante las medidas de cierre de fronteras debe seguir observándose el principio de no devolución.
El documento puede utilizarse como hoja de ruta para el Estado, sobre las obligaciones de derechos humanos, específicamente en relación con la protección de los derechos de mujeres y niñas, durante la pandemia. Para las organizaciones de la sociedad civil y de derechos humanos, puede servir como una lista de indicadores mínimos para medir las respuestas de los Estados. Para las organizaciones humanitarias y la cooperación internacional, puede complementar los esfuerzos que se vienen desplegando para brindar asesoría y acompañamiento técnico a los Estados en la formulación de los planes de contingencia y respuesta a la pandemia. Puede servir también como inventario de las capacidades y funciones que los Estados deben reforzar durante la atención a la pandemia, lo que debe ir acompañado de la procuración y dotación de recursos suficientes.
Página we de Women´s Link Worldwide. 24 de noviembre de 2020.
Imagen tomada de la página web de Women´s Link Worldwide
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